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PRIOR WRITTEN NOTICE

 

 

AVISO PREVIO ESCRITO

Authorities:  34 CFR Part 300; 19 TAC Chapter 89

 
 
 
  REQUISITOS FEDERALES Y ESTATALES
La agencia de educación local (LEA) debe cumplir con las estructuras de PADRE y de ESTUDIANTE ADULTO Y TRANSFERENCIA DE DERECHOS, como sea apropiado.
La LEA debe cumplir con la estructura de NIÑOS QUE ESTÁN ENCARCELADOS, como sea aplicable.
La LEA debe cumplir con las estructuras de CONSENTIMIENTO, donde sea aplicable.
 

CUANDO AVISO PREVIO ESCRITO ES REQUERIDO

La LEA debe proporcionar aviso previo escrito al padre antes de que: Citas:
  • Proponga o rehúse iniciar o cambiar la identificación del niño;      
Citas:
  • Proponga o rehúse iniciar o cambiar la evaluación del niño;
Citas:
  • Proponga o rehúse iniciar o cambiar la colocación educativa del niño; 
Citas:
  • Proponga o rehúse iniciar o cambiar la provisión de una educación pública apropiada gratis al niño; o 
Citas:
Citas:
 
LÍNEA DE TIEMPO Y MANERA

La LEA debe proporcionar al padre aviso previo escrito cuando menos cinco días escolares antes de que la LEA proponga o rehúse la acción, a menos que el padre esté de acuerdo con un plazo más corto. 

Citas:

Cuando un distrito escolar inicia la remisión para una evaluación individual inicial completa de un niño o si el padre entrega un pedido por escrito al director de servicios de educación especial de la LEA o a un empleado administrativo, como a un director de campus, para una evaluación individual inicial completa, la LEA debe, a no más tardar del día 15 escolar después de la fecha del recibo, proporcionar al padre con:     

Citas:
  • Aviso previo escrito de su propuesta de hacer una evaluación, una copia del Aviso de Procedimientos de Protección, una copia del Resumen de Educación Especial para Padres creada por la Agencia de Educación de Texas (TEA), y la oportunidad para dar por escrito  CONSENTIMIENTO PARA UNA EVALUACIÓN INICIAL; o
Citas:
Citas:
Si el aviso previo escrito es en respuesta a una revocación del padre de CONSENTIMIENTO PARA SERVICIOS, la LEA debe proporcionar aviso previo escrito antes de cesar la provisión de educación especial y servicios relacionados al niño.  Citas:

La LEA debe proporcionar aviso previo escrito en lenguaje que se entienda por el público en general y en el lenguaje nativo del padre u otro modo de comunicación usado por el padre, solo que claramente no es posible hacerlo. 

Citas:

Si el lenguaje nativo u otro modo de comunicación del padre no es un lenguaje escrito, la LEA debe tomar medidas para asegurar que el aviso es traducido oralmente o por otro modo de comunicación y que el padre entienda el contenido del aviso. 

Citas:

Un padre puede elegir recibir avisos previos escritos por una comunicación de correo electrónico, si la LEA hace esa opción disponible. 

Citas:
 
CONTENIDO REQUERIDO

La LEA debe incluir en su aviso previo escrito:

Citas:
  • Una descripción de la acción propuesta o rehusada por la LEA;
Citas:
  • Una explicación de por qué la LEA propone o rehúsa tomar la acción;
Citas:
  • Una descripción de cada procedimiento de evaluación, evaluación, registro, o reporte que la LEA usó como base para la acción propuesta o rehusada; 
Citas:
  • Una declaración que el padre tiene protección bajo los procedimientos de seguridad de la Ley de Educación de Individuos con Discapacidades (IDEA) Parte B, y si el aviso no es una remisión inicial para evaluación, la manera en que una copia del  Aviso Sobre Procedimientos de Protección puede se obtenida; 
Citas:
  • Recursos para el padre para contactar para obtener ayuda para entender las provisiones de IDEA Parte B; 
Citas:
Citas:
  • Una descripción de otros factores que son relevantes a la propuesta o rechazo de la LEA.
Citas:

Si la LEA propone hacer una evaluación, debe también incluir en el aviso previo escrito una descripción de cualquier procedimiento de evaluación que propone hacer. 

Citas:
  Ultima Vez actualizada : Tue, Feb 18, 2025